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Colegio de S/C de Tenerife

lunes, 25 de febrero de 2008

BOLETÍN INFORMATIVO ELECTRÓNICO

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Anuario Económico 2006 y Perspectiva 2007

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PARTIDA DOBLE. ED. CISS. Novedades en el mundo de la contabilidad. Vía web o físicamente formato papel

Se proporcionan artículos que se deseen en formato pdf. vía email. (Consulta articulos)

ESTRATEGIA FINANCIERA. ED CISS. Orientado a Directores financieros y en general a temas relacionados con la economía financiera de la empresa. (Consulta artículos)

HARVARD DEUSTO. ED. DEUSTO. Temas de economía de la empresa, economía del conocimiento, economía de los RRHH, nueva economía, etc.

(Consultar números en biblioteca y artículos)

PAPELES DE ECONOMÍA ESPAÑOLA. Monográficos acerca de economía española

Informes de coyuntura económica española CECA.

HACIENDA CANARIA. Trabajos acerca de fiscalidad canaria.

Informes de coyuntura económica canaria.

BOLETINES INFORMATIVOS  NOVEDADES FISCALES Y CONTABLES. GRUPO QUANTOR.

CONTABILIDAD Y TRIBUTACIÓN. CEF. Jurisprudencia, doctrina y ejercicios de fiscalidad y contabilidad.

FONDO DE DATOS ESTADÍSTICOS GENERALES Y POR SECTORES, COYUNTURA.

PRENSA

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BOLETÍN INFORMATIVO ELECTRÓNICO DEL COLEGIO DE ECONOMISTAS DE SANTA CRUZ DE TENERIFE

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ÁREA INTERNA

Informe sobre el Borrador del reglamento de la R.I.C.

                 El siguiente informe ha sido elaborado para la Cámara de Comercio, Industria y Navegación de Santa Cruz de Tenerife, por Don Salvador Miranda Calderín**, sobre la Reglamentación de la RIC en el proyecto de Real Decreto donde desarrolla determinadas materias reguladas en la Ley 19/1994, de 6 de julio, de Modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias. Comentarios y Sugerencias para su definitiva redacción.
 
** Economista, Profesor de Economía Financiera y Contabilidad de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, Doctor en Historia, Asesor Fiscal y Experto en la R.I.C.
 

Descargar informe.

PLAN GENERAL CONTABLE

          Se ha publicado en el BOE el Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad.

          Se incluye el enlace del citado Plan. 

          Plan General de Contabilidad.- Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad.

          Entrada en vigor: La presente norma entrará en vigor el día 1 de enero de 2008 y será de aplicación en los términos previstos en el presente real decreto, para los ejercicios que se inicien a partir de dicha fecha.

          Disposición derogatoria única: se deroga el Real Decreto 1643/1990, de 20 de diciembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad y las demás normas de igual o inferior rango que se opongan a lo establecido en el presente real decreto.

       

PLAN GENERAL CONTABLE DE PYMES 

          Se ha publicado en el BOE el Real Decreto 1515/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas y los criterios contables específicos para microempresas

          Se incluye el enlace del citado Plan. 

          Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresa.- Real Decreto 1515/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas y los criterios contables específicos para microempresas.

          Nota: en el artículo 2 de esta disposición se establecen los requisitos que debe cumplir una empresa o sociedad para poder aplicar el PGC de pymes.

          En el artículo 4 se regulan los criterios específicos aplicables por microempresas.

          Entrada en vigor: La presente norma entrará en vigor el día 1 de enero de 2008 y será de aplicación en los términos previstos en el presente real decreto, para los ejercicios que se inicien a partir de dicha fecha.

 

Plan General Contable

           El pasado 24 de octubre, el Colegio de Economistas de Santa Cruz de Tenerife organizó un curso sobre el nuevo Plan General Contable impartido por Alicia Correa (Profesora de la Universidad de La Laguna). 

           El material impartido puede ser descargado en este enlace: 

Descargar material.

 

ESTATUTO DEL TRABAJO AUTÓNOMO

ESTATUTO DEL TRABAJO AUTONOMO: publicada la Ley en el BOE de 12 de julio
Se incluye la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del Trabajo Autónomo.Resumen e información económica del mismo...
12/07/2007  -    
Texto de la Ley ( BOE 12 julio 2007)   http://www.boe.es/boe/dias/2007/07/12/pdfs/A29964-29978.pdf
 
Se incluye en documento adjunto: acceso a NEI realizado sobre el Proyecto de Ley(ya que el contenido es el mismo del texto aprobado en el Congreso con carácter definitivo ).

Referencias a Colegios Profesionales en el Proyecto de Ley del Estatuto del Trabajo Autónomo: (
EL Consejo General de Economistas ha participado presentando enmiendas a este Proyecto para reforzar el papel de los Colegios y sus profesionales )
 
Exposición de Motivos:
 
Los Colegios Profesionales tampoco verán afectadas sus competencias y atribuciones por la aprobación de este Estatuto.

 Disposición Adicional quinta:   Profesionales incorporados a Mutualidades de Previsión Social alternativas.
Lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 23, en los artículos 24 a 26 y en el párrafo c), apartado 2 del artículo 27, así como en las disposiciones adicionales segunda y tercera y en la disposición final segunda de la presente Ley no serán de aplicación a los trabajadores por cuenta propia o autónomos que, en los términos establecidos en la disposición adicional decimoquinta de la Ley 30/1995, de supervisión y ordenación de los seguros privados, hayan optado u opten en el futuro por adscribirse a la Mutualidad de Previsión Social que tenga constituida el Colegio Profesional al que pertenezcan y que actúe como alternativa al Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.

 Un estatuto para la promoción y tutela del trabajador autónomo

 (Informe Comisión de Expertos, designada por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales).

 Nota: este documento de octubre de 2005 contiene una parte I, socio-económica con datos de interés económico sobre el trabajador autónomo sobre España y comparativa con la Unión Europea, y otra II, jurídica (tener en cuenta que el texto normativo aprobado en 2007 es distinto del que se propuso en dicha fecha )

[Informe Comisión de Expertos: contenido económico Trabajo Autónomo]

Archivo Adjunto: NEI 9_7_07 Aprobación  Proyecto reforma Estatuto Trabajo Autónomo.htm NEI 9_7_07 Aprobación Proyecto reforma Estatuto Trabajo Autónomo.htm

 

Ley 16/2007,de 4 de julio, de reforma y adaptación de la legislación mercantil en materia contable

En el BOE de 5 de julio se ha publicado esta importante ley de reforma mercantil. Entra en vigor el 1 de enero de 2008. Se incluye la ley y un resumen de aspectos más destacados...
05/07/2007  -    

Afecta a materia mercantil, contable, auditoría, concursal, fiscalidad... (reforma Haciendas Locales y regulación Impuesto Sociedades )

Acceso a la Ley(PDF)

[acceso NEI sobre reforma mercantil]

Entrada en vigor:
Disposición final segunda
:
La presente Ley entrará en vigor el día 1 de enero de 2008 y se aplicará respecto de los ejercicios que se inicien a partir de dicha fecha. No obstante, la disposición adicional segunda entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».


Esquema de la reforma:
- Preámbulo
 - Artículo 1: Modificación del Código de Comercio ( artículo 34 a 49 Código Comercio: cuentas anuales... )
 - Artículo 2. Modificación del Texto Refundido  Ley de Sociedades Anónimas, LSA ( Balance abreviado, PyG abreviados, Limités Auditoria de Cuentas , Memoria...). Concursal: apartado 2 del artículo 262 TRLSA, apartado 1.e) del artículo 104 LSL...)
- Artículo 3: Modificación de la Ley 2/1995,  de Sociedades de Responsabilidad Limitada, LSL

- Disposiciones adicionales:  (1 a 10) ( DA 7: Haciendas locales y Catastro; DA 8:  reforma Impuesto Sociedades )
 - Disposición transitoria: 
- Disposición derogatoria:
- Disposiciones finales
  ( DF 1ª:  Plan Contable para pymes; DF 2ª: entrada en vigor )

Se incluye acceso a nota sobre la reforma:
Aprobación definitiva por el Congreso de la legislación mercantil en materia contable


Archivo Adjunto: PDF- PLey Reforma Mercantil definitivo Congreso.pdf PLey Reforma Mercantil definitivo Congreso.pdf

 

Entrada en vigor de la Ley de Sociedades Profesionales, LSP

El 16 de junio de 2007 entra en vigor la LSP.Los Colegios Profesionales disponen de un plazo adicional de 9 meses para crear Registros Profesionales (hasta el 16 de marzo 2008) Incluimos resumen de los aspectos más importantes y el texto de la Ley.
15/06/2007  -    


Como continuación a la información que el Consejo General ha  venido transmitiendo  desde la tramitación como Proyecto de Ley de esta disposición, incluimos un documento resumen de los aspectos más destacados y el texto de la Ley, así como una serie de enlaces a notas de prensa sobre la LSP. 

Negocio
Sociedades Profesionales, con declaraciones de Fernando González-Moya, presidente del CONSEJO

Expansión
Sociedades Profesionales, con información del CONSEJO

El Economista

Sociedades Profesionales, con información del CONSEJO y el REAF

Archivo Adjunto: WORD- CARACTERÍSTICAS BÁSICAS DE LA LEY SOCIEDADES PROFESIONALES.doc CARACTERÍSTICAS BÁSICAS DE LA LEY SOCIEDADES PROFESIONALES.doc
Otros archivos relacionados
PDF- Ley 2 2007 de Sociedades Profesionales.pdfLey 2/2007 de Sociedades Profesionales

SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL PROFESIONAL

En relación con las gestiones realizadas para suscribir un seguro de responsabilidad civil profesional para Economistas, fruto de la reunión realizada esta mañana, pasamos a reproducir el resumen de condiciones:

Actividad Asegurada: Economista. El Real Decreto 871/1977 de 26 de abril, por el que se aprueba el Estatuto Profesional de Economistas, Profesores y Peritos Mercantiles, señala dentro de sus competencias y atribuciones, que tiene como actividades, entre otras, la consultoría, el asesoramiento fiscal y el asesoramiento laboral.

La opción de aseguramiento anterior extiende su cobertura a la firma o despacho profesional de economistas en la que trabaje el asegurado, en función de la modalidad de seguro contratada por el asegurado, siempre que el error o falta profesional que de origen a la reclamación sea consecuencia de una acción u omisión negligente cometida por un economista asegurado. Se exceptúan de esta cobertura las reclamaciones impuestas a despachos profesionales o sociedades con más de 10 economistas entre socios y empleados.

Compañía: CASER

Límites de la indemnización por siniestro, asegurado y año:

Coberturas:    Responsabilidad Civil Profesional.

                        Daños a expedientes: sublímite de 30.000 € por siniestro y año.

                        Defensa jurídica y fianzas

Hasta 300.000 € asegurados de siniestro...186,03 €/año.

Hasta 600.000 €  asegurados de siniestro...372,05 €/año

Hasta 1.001.000 € asegurados de siniestro..526,19 €/año

Franquicia: General de 300 € salvo daños a expedientes: 15% con un mínimo de 300 €.

Delimitación temporal: Retroactividad ilimitada.

Delimitación territorial: Unión Europea.

Para más información y solicitud de formulario de alta coete@economistas.org

 

PORTAL AEAT PARA COLABORADORES SOCIALES

Si tienes el certificado para operar en nombre de terceras personas de la AEAT (por tu condición de colegiado) pincha aqui y accede a tu portal de información y de trámites.

CERTIFICADO ELECTRÓNICO PARA  OPERAR EN EL REGISTRO MERCANTIL

Como ya sabrás por nuestros respectivos correos electrónicos, estamos los economistas habilitados para operar con el Registro Mercantil por medios telemáticos para presentación de cuentas anuales y de libros contables. Solicita más información.

CENTRO FINANCIERO

Mes y medio después de que esta iniciativa haya visto la luz, ya podemos decir que hemos prestado servicio de asesoramiento financiero integral a colegiados en la búsqueda y tramitación de hipotecas, prestamos personales, inversiones, seguros, etc. Además es gratuito.

Hasta ahora muchas eran las entidades financieras que acudían a tu Colegio para ofrecerte sus productos y servicios. El Colegio actuaba como mero intermediario informándote de las alternativas y no había un grado de satisfacción aceptable puesto que no se ejercía un verdadero control sobre la entidad para que ofreciera verdaderas oportunidades a nuestro colectivo.

Ahora queremos ser el centro de tus demandas en productos bancarios, porque te los podemos ofrecer todos y con las mejores condiciones de partida por ser colegiado. El Centro Financiero del Colegio posee la infraestructura necesaria como para que dejes de perder tiempo y dinero buscando y decidiendo cubrir tus necesidades financieras y de productos de ahorro.

Estamos en negociaciones con las principales entidades financieras con las que normalmente contratas para que empiecen a trabajar con el Centro Financiero del Colegio de Economistas bajo esta nueva idea de servicio. La primera en firmar ha sido BANKINTER, pero en breve serán más las que te proporcionen un verdadero trato diferencial como colegiado.

La idea central es que el Colegio comience a prestar servicios de alto valor añadido al colegiado y sin coste adicional.

Puedes comunicarte con nuestro Centro Financiero en cfinanciero@economistas.org

OFICINA VIRTUAL DE BANKINTER EN EL COLEGIO 

Esta es la primera iniciativa del Centro Financiero del Colegio de Economistas de Santa Cruz de Tenerife.

Somos una oficina virtual de la red BANKINTER, la oficina 6866. Esto significa que actuamos como socios al 50% con BANKINTER en los beneficios que se produzcan en la contratación de productos y servicios de nuestros colegiados. Esta iniciativa, además de proporcionarte ventajas iniciales por el mero hecho de ser colegiado y contratar con BANKINTER, supone el generar fondos extra que serán reinvertidos totalmente en tu Colegio para hacer más cursos, más actividades y en definitiva para ayudarte como Economista.

Visita BANKINTER y si te haces cliente a través de esta página web, estarás participando de un proyecto que favorecerá a tu Colegio y que posibilitará tus propios proyectos profesionales y personales.

 
 

GUÍA DE OCIO

 

MUSICA LATINA ONLINE

TELEVISIÓN ONLINE

AUDITORIO DE TENERIFE

EVENTOS: VENTA DE ENTRADAS POR TELÉFONO O POR INTERNET.

OBRA SOCIAL Y CULTURAL CAJACANARIAS. AGENDA CULTURAL ACTUALIZADA.

MUSEOS DE TENERIFE: PÁGINA DEL CABILDO INSULAR DE TENERIFE.

 

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FORO DE COLEGIADOS

Foros temáticos, chat entre colegiados....solicita tu alta en el Colegio Virtual proporcionando tu dirección de correo electrónico.

LISTA PARA ACTUACIONES CONCURSALES

Si eres colegiado y cumples con los requisitos legales, solicita tu alta en el listado para actuaciones concursales en el Juzgado de lo Mercantil de S/C de Tenerife. Solicita tu alta.

SERVICIO DE CONSULTAS

Puedes utilizar los medios de comunicación con el Colegio para formular consultas como apoyo a tu actividad profesional que en la medida de nuestras posibilidades serán atendidas.

Para seguir mejorando actualiza tus datos personales, profesionales y de contacto. Actualizalos en: isacp@economistas.org

 

CUENTA DE CORREO @economistas.org

Cuentas profesionales gratuitas para colegiados. Sin límite de capacidad. Puedes solicitar hasta dos cuentas de correo aqui.

SALA DE VIDEOCONFERENCIA

Disponible sala con equipo de videoconferencia para colegiados. Pide más información acerca de las condiciones de uso aqui.

 

BIBLIOTECA Y BASES DE DATOS

A tu disposición revistas especializadas y todo tipo de publicaciones económicas, además de bases de datos fiscal, contable-mercantil y administrativa.

 

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