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DISPONIBLE
PARTIDA
DOBLE. ED. CISS. Novedades en el mundo de la contabilidad.
Vía web o físicamente formato papel
Se
proporcionan artículos que se deseen en formato pdf. vía email.
(Consulta
articulos)
ESTRATEGIA
FINANCIERA. ED CISS. Orientado a Directores financieros y en
general a temas relacionados con la economía financiera de la
empresa. (Consulta
artículos)
HARVARD
DEUSTO. ED. DEUSTO. Temas de economía de la empresa,
economía del conocimiento, economía de los RRHH, nueva
economía, etc.
(Consultar
números en biblioteca y artículos)
PAPELES DE
ECONOMÍA ESPAÑOLA. Monográficos acerca de economía
española
Informes
de coyuntura económica española CECA.
HACIENDA
CANARIA. Trabajos acerca de fiscalidad canaria.
Informes
de coyuntura económica canaria.
BOLETINES
INFORMATIVOS NOVEDADES FISCALES Y CONTABLES. GRUPO QUANTOR.
CONTABILIDAD
Y TRIBUTACIÓN. CEF. Jurisprudencia, doctrina y ejercicios
de fiscalidad y contabilidad.
FONDO DE
DATOS ESTADÍSTICOS GENERALES Y POR SECTORES, COYUNTURA.
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BOLETÍN
INFORMATIVO ELECTRÓNICO DEL
COLEGIO DE ECONOMISTAS DE SANTA
CRUZ DE TENERIFE
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Informe
sobre el Borrador del reglamento
de la R.I.C.
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El siguiente informe ha
sido elaborado para la Cámara
de Comercio, Industria y
Navegación de Santa Cruz de
Tenerife, por Don
Salvador Miranda Calderín**, sobre
la Reglamentación de la RIC
en el proyecto de Real
Decreto donde desarrolla
determinadas materias
reguladas en la Ley 19/1994,
de 6 de julio, de Modificación
del Régimen Económico y
Fiscal de Canarias.
Comentarios y Sugerencias
para su definitiva redacción.
**
Economista, Profesor de
Economía Financiera y
Contabilidad de la
Universidad de Las Palmas de
Gran Canaria, Doctor en
Historia, Asesor Fiscal y
Experto en la R.I.C.
Descargar
informe.
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PLAN
GENERAL CONTABLE
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Se ha publicado en el BOE
el Real
Decreto 1514/2007, de 16 de
noviembre, por el que se aprueba
el Plan General de Contabilidad.
Se incluye el enlace del citado
Plan.
Plan General de Contabilidad.-
Real Decreto 1514/2007, de 16 de
noviembre, por el que se aprueba
el Plan General de Contabilidad.
Entrada
en vigor:
La presente norma entrará
en vigor el día 1 de
enero de 2008 y será de
aplicación en los términos
previstos en el presente
real decreto, para los
ejercicios que se inicien a
partir de dicha fecha.
Disposición
derogatoria única: se
deroga el Real Decreto
1643/1990, de 20 de
diciembre, por el que se
aprueba el Plan General de
Contabilidad y las demás
normas de igual o inferior
rango que se opongan a lo
establecido en el presente
real decreto.
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PLAN
GENERAL CONTABLE DE PYMES
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Se ha publicado en el BOE
el Real
Decreto 1515/2007, de 16 de
noviembre, por el que se aprueba
el Plan General de Contabilidad
de Pequeñas y Medianas Empresas
y los criterios contables específicos
para microempresas
Se
incluye el enlace del citado
Plan.
Plan General de Contabilidad de
Pequeñas y Medianas Empresa.-
Real Decreto
1515/2007, de 16 de noviembre,
por el que se aprueba el Plan
General de Contabilidad de Pequeñas
y Medianas Empresas y los
criterios contables específicos
para microempresas.
Nota: en el artículo 2
de esta disposición se
establecen los requisitos que
debe cumplir una empresa o
sociedad para poder aplicar el
PGC de pymes.
En el artículo 4 se regulan los
criterios específicos
aplicables por microempresas.
Entrada en vigor: La
presente norma entrará en vigor
el día 1 de enero de 2008 y
será de aplicación en los términos
previstos en el presente real
decreto, para los ejercicios que
se inicien a partir de dicha
fecha.
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Plan
General Contable
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El
pasado 24 de octubre, el Colegio
de Economistas de Santa Cruz de
Tenerife organizó un curso
sobre el nuevo Plan General
Contable impartido por Alicia
Correa (Profesora de la
Universidad de La Laguna).
El material impartido puede ser
descargado en este enlace:
Descargar
material.
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|
ESTATUTO
DEL TRABAJO AUTÓNOMO
|
ESTATUTO
DEL TRABAJO AUTONOMO:
publicada la Ley en
el BOE de 12 de
julio
Se
incluye la Ley
20/2007, de 11 de
julio, del Estatuto
del Trabajo Autónomo.Resumen
e información económica
del mismo...
12/07/2007 - |
Se
incluye en
documento
adjunto:
acceso a NEI
realizado
sobre el
Proyecto de
Ley(ya
que el
contenido es
el mismo del
texto
aprobado en
el Congreso
con carácter
definitivo
).
Referencias
a Colegios
Profesionales
en el
Proyecto de
Ley del
Estatuto del
Trabajo Autónomo:
( EL
Consejo
General de
Economistas
ha
participado
presentando
enmiendas a
este
Proyecto
para
reforzar el
papel de los
Colegios y
sus
profesionales
)
Exposición
de Motivos:
Los
Colegios
Profesionales
tampoco verán
afectadas
sus
competencias
y
atribuciones
por la
aprobación
de este
Estatuto.
Disposición
Adicional
quinta: Profesionales
incorporados
a
Mutualidades
de Previsión
Social
alternativas.
Lo
dispuesto en
el apartado
2 del artículo
23, en los
artículos
24 a 26 y en
el párrafo
c), apartado
2 del artículo
27, así
como en las
disposiciones
adicionales
segunda y
tercera y en
la disposición
final
segunda de
la presente
Ley no serán
de aplicación
a los
trabajadores
por cuenta
propia o autónomos
que, en los
términos
establecidos
en la
disposición
adicional
decimoquinta
de la Ley
30/1995, de
supervisión
y ordenación
de los
seguros
privados,
hayan optado
u opten en
el futuro
por
adscribirse
a la
Mutualidad
de Previsión
Social que
tenga
constituida
el Colegio
Profesional
al que
pertenezcan
y que actúe
como
alternativa
al Régimen
Especial de
la Seguridad
Social de
los
Trabajadores
por Cuenta
Propia o Autónomos.
Un estatuto
para la promoción
y tutela del
trabajador autónomo
(Informe
Comisión de
Expertos,
designada por el
Ministerio de
Trabajo y
Asuntos
Sociales).
Nota:
este documento
de octubre de
2005 contiene
una parte I,
socio-económica
con datos de
interés económico
sobre el
trabajador autónomo
sobre España y
comparativa con
la Unión
Europea, y otra
II, jurídica
(tener en cuenta
que el texto
normativo
aprobado en 2007
es distinto del
que se propuso
en dicha fecha )
[Informe
Comisión de
Expertos:
contenido económico
Trabajo Autónomo]
Archivo
Adjunto: NEI
9_7_07 Aprobación
Proyecto reforma
Estatuto Trabajo Autónomo.htm
|
|
|
Ley
16/2007,de 4 de julio, de
reforma y adaptación de la
legislación mercantil en
materia contable
|
En
el BOE de 5 de julio
se ha publicado esta
importante ley de
reforma mercantil.
Entra en vigor el 1
de enero de 2008. Se
incluye la ley y un
resumen de aspectos
más destacados...
05/07/2007 - |

Afecta a
materia mercantil,
contable, auditoría,
concursal, fiscalidad...
(reforma
Haciendas Locales y
regulación Impuesto
Sociedades )
Acceso
a la Ley:
(PDF)
[acceso
NEI sobre reforma
mercantil]
Entrada
en vigor:
Disposición final
segunda:
La
presente Ley
entrará en
vigor el día 1
de enero de 2008
y se aplicará
respecto de los
ejercicios que
se inicien a
partir de dicha
fecha. No
obstante, la
disposición
adicional
segunda entrará
en vigor el día
siguiente al de
su publicación
en el «Boletín
Oficial del
Estado».
Esquema
de la reforma:
-
Preámbulo
-
Artículo 1:
Modificación
del Código de
Comercio (
artículo 34 a
49 Código
Comercio:
cuentas
anuales... )
-
Artículo 2.
Modificación
del Texto
Refundido
Ley de
Sociedades Anónimas,
LSA (
Balance
abreviado, PyG
abreviados,
Limités
Auditoria de
Cuentas , Memoria...).
Concursal:
apartado 2 del
artículo 262
TRLSA, apartado
1.e) del artículo
104 LSL...)
- Artículo
3: Modificación
de la Ley
2/1995, de
Sociedades de
Responsabilidad
Limitada, LSL
- Disposiciones
adicionales:
(1 a 10)
( DA 7: Haciendas
locales y
Catastro;
DA 8: reforma
Impuesto
Sociedades
)
- Disposición
transitoria:
-
Disposición
derogatoria:
- Disposiciones
finales
( DF 1ª: Plan
Contable para
pymes;
DF 2ª: entrada
en vigor )
Se
incluye acceso a nota
sobre la reforma:
Aprobación
definitiva por
el Congreso de
la legislación
mercantil en
materia contable
Archivo
Adjunto: PLey
Reforma Mercantil
definitivo
Congreso.pdf
|
|
|
Entrada
en vigor de la Ley de Sociedades
Profesionales, LSP
|
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|
SEGURO
DE RESPONSABILIDAD CIVIL
PROFESIONAL
|
|
En
relación con las gestiones
realizadas para suscribir un
seguro de responsabilidad civil
profesional para Economistas,
fruto de la reunión realizada
esta mañana, pasamos a
reproducir el resumen de
condiciones:
Actividad
Asegurada: Economista. El Real
Decreto 871/1977 de 26 de abril,
por el que se aprueba el
Estatuto Profesional de
Economistas, Profesores y
Peritos Mercantiles, señala
dentro de sus competencias y
atribuciones, que tiene como
actividades, entre otras, la
consultoría, el asesoramiento
fiscal y el asesoramiento
laboral.
La
opción de aseguramiento
anterior extiende su cobertura a
la firma o despacho profesional
de economistas en la que trabaje
el asegurado, en función de la
modalidad de seguro contratada
por el asegurado, siempre que el
error o falta profesional que de
origen a la reclamación sea
consecuencia de una acción u
omisión negligente cometida por
un economista asegurado. Se
exceptúan de esta cobertura las
reclamaciones impuestas a
despachos profesionales o
sociedades con más de 10
economistas entre socios y
empleados.
Compañía:
CASER
Límites
de la indemnización por
siniestro, asegurado y año:
Coberturas: Responsabilidad
Civil Profesional.
Daños a expedientes: sublímite
de 30.000 € por siniestro y año.
Defensa jurídica y fianzas
Hasta
300.000 € asegurados de
siniestro...186,03 €/año.
Hasta
600.000 € asegurados de
siniestro...372,05 €/año
Hasta
1.001.000 € asegurados de
siniestro..526,19 €/año
Franquicia:
General de 300 € salvo daños
a expedientes: 15% con un mínimo
de 300 €.
Delimitación
temporal: Retroactividad
ilimitada.
Delimitación
territorial: Unión Europea.
Para
más información y solicitud de
formulario de alta coete@economistas.org
|
|
PORTAL
AEAT PARA COLABORADORES SOCIALES
|
|
Si
tienes el certificado para
operar en nombre de terceras
personas de la AEAT (por tu
condición de colegiado) pincha aqui
y accede a tu portal de
información y de trámites.
|
|
CERTIFICADO
ELECTRÓNICO PARA OPERAR
EN EL REGISTRO
MERCANTIL
|
|
Como
ya sabrás por nuestros
respectivos correos
electrónicos, estamos los
economistas habilitados para
operar con el Registro Mercantil
por medios telemáticos para
presentación de cuentas anuales
y de libros contables. Solicita
más información.
|
|
CENTRO
FINANCIERO
|
|
Mes
y medio después de que esta
iniciativa haya visto la luz, ya
podemos decir que hemos prestado
servicio de asesoramiento
financiero integral a colegiados
en la búsqueda y tramitación
de hipotecas, prestamos
personales, inversiones,
seguros, etc. Además es
gratuito.

Hasta
ahora muchas eran las entidades
financieras que acudían a tu
Colegio para ofrecerte sus
productos y servicios. El
Colegio actuaba como mero
intermediario informándote de
las alternativas y no había un
grado de satisfacción aceptable
puesto que no se ejercía un
verdadero control sobre la
entidad para que ofreciera
verdaderas oportunidades a
nuestro colectivo.
Ahora
queremos ser el centro de tus
demandas en productos bancarios,
porque te los podemos ofrecer
todos y con las mejores
condiciones de partida por ser
colegiado. El Centro Financiero
del Colegio posee la
infraestructura necesaria como
para que dejes de perder tiempo
y dinero buscando y decidiendo
cubrir tus necesidades
financieras y de productos de
ahorro.
Estamos
en negociaciones con las
principales entidades
financieras con las que
normalmente contratas para que
empiecen a trabajar con el
Centro Financiero del Colegio de
Economistas bajo esta nueva idea
de servicio. La primera en
firmar ha sido BANKINTER,
pero en breve serán más las
que te proporcionen un verdadero
trato diferencial como
colegiado.
La
idea central es que el Colegio
comience a prestar servicios de
alto valor añadido al colegiado
y sin coste adicional.
Puedes
comunicarte con nuestro Centro
Financiero en cfinanciero@economistas.org
|
|
OFICINA
VIRTUAL DE BANKINTER EN EL
COLEGIO
|
|
Esta
es la primera iniciativa del
Centro Financiero del Colegio de
Economistas de Santa Cruz de
Tenerife.
Somos
una oficina virtual de la red BANKINTER,
la oficina 6866. Esto significa
que actuamos como socios al 50%
con BANKINTER
en los beneficios que se
produzcan en la contratación de
productos y servicios de
nuestros colegiados. Esta
iniciativa, además de
proporcionarte ventajas
iniciales por el mero hecho de
ser colegiado y contratar con BANKINTER,
supone el generar fondos extra
que serán reinvertidos
totalmente en tu Colegio para
hacer más cursos, más
actividades y en definitiva para
ayudarte como Economista.
Visita
BANKINTER
y si te haces cliente a través
de esta página web, estarás
participando de un proyecto que
favorecerá a tu Colegio y que
posibilitará tus propios
proyectos profesionales y
personales.
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Para seguir mejorando
actualiza tus datos personales, profesionales y de contacto.
Actualizalos en: isacp@economistas.org
Cuentas profesionales
gratuitas para colegiados. Sin límite de capacidad. Puedes solicitar
hasta dos cuentas de correo aqui.
Disponible sala con equipo
de videoconferencia para colegiados. Pide más información
acerca de las condiciones de uso aqui.
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Y BASES DE DATOS
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A tu disposición revistas
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